{"id":825,"date":"2020-09-03T19:50:00","date_gmt":"2020-09-04T00:50:00","guid":{"rendered":"https:\/\/paperplane.com.co\/dev\/fvc\/?p=825"},"modified":"2021-01-26T19:51:54","modified_gmt":"2021-01-27T00:51:54","slug":"la-indagatoria-contra-uribe-un-acto-surrealista","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/paperplane.com.co\/dev\/fvc\/la-indagatoria-contra-uribe-un-acto-surrealista\/","title":{"rendered":"La indagatoria contra Uribe: un acto surrealista"},"content":{"rendered":"\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Me di a la tarea de escuchar y anotar la totalidad del interrogatorio que sufri\u00f3 el\u00a0\u00a0expresidente \u00c1lvaro Uribe en la sala de instrucci\u00f3n de la Corte Suprema de Justicia, el 8 de octubre de 2019.<\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Gracias sean dadas a la periodista Vicky D\u00e1vila por haber puesto a disposici\u00f3n del p\u00fablico, hace unos d\u00edas, el registro sonoro de esa diligencia (que los t\u00e9cnicos llaman \u201cindagatoria\u201d y que result\u00f3 ser otra cosa). Gracias a ella podemos explorar ese momento judicial y sacar algunas conclusiones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Yo quer\u00eda saber si en ese encuentro aparec\u00edan, finalmente, los hechos, motivos y m\u00e9ritos para la asombrosa orden de detenci\u00f3n que esa sala firmar\u00eda diez meses m\u00e1s tarde contra el presidente Uribe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El escrutinio que hice de ese material me tom\u00f3 cuatro d\u00edas y me dej\u00f3 81 p\u00e1ginas de escritura apretada. Quer\u00eda penetrar la psicolog\u00eda del interrogador C\u00e9sar Reyes, examinar el tenor y tono de sus preguntas, sus \u00e9nfasis, olvidos y artificios, su vocabulario, sus ausencias, silencios y repeticiones. Y, sobre todo, quer\u00eda saber lo principal: si Reyes, durante esas largas horas a puerta cerrada con el ex mandatario colombiano y su abogado Jaime Granados, hab\u00eda aportado hechos y pruebas materiales irrecusables contra las explicaciones del&nbsp;&nbsp;\u201cindagado\u201d, como dice ese juez. Quer\u00eda saber&nbsp;&nbsp;si, al menos, \u00e9l ten\u00eda argumentos de hecho y de derecho para confundir al expresidente, para demostrar de manera honorable que el jefe pol\u00edtico hab\u00eda cometido los delitos que esa sala le reprochaba.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mi impresi\u00f3n al final de ese ejercicio fue este: el magistrado C\u00e9sar Reyes no escuch\u00f3 al ex presidente Uribe. \u201cLa indagatoria es un medio de defensa\u201d, hab\u00eda dicho el operador judicial antes de lanzar su primera pregunta. Empero, ninguna de las respuestas y explicaciones&nbsp;&nbsp;de Uribe fueron tratadas lealmente por el magistrado. Durante las seis horas de ese encuentro,&nbsp;&nbsp;cort\u00e9s s\u00f3lo en su envoltura externa, Uribe habl\u00f3 y puso sobre la mesa hechos, fechas, nombres, circunstancias, documentos y detalles. Empero, el se\u00f1or Reyes, al final de cada respuesta, pasaba de largo a otro tema, inmutable, sin valorar los contenidos, como si lo dicho por el indagado careciera de pertinencia, como si fuera vana imaginaci\u00f3n y hasta mentira.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En realidad, el magistrado Reyes no hizo afirmaci\u00f3n alguna: solo pregunt\u00f3 y se abstuvo de estimar las respuestas del senador Uribe. No present\u00f3 pruebas contra el indagado ni insinu\u00f3 que las tuviera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para decirlo r\u00e1pidamente: al final de ese evento, en el que cada peripecia fue abordada (los casos de Juan Carlos Ram\u00edrez, alias \u201cel Tuso Sierra\u201d;&nbsp;&nbsp;Juan Guillermo Monsalve; Jimmy Chamorro;&nbsp;&nbsp;Carlos Enrique V\u00e9lez,&nbsp;&nbsp;alias&nbsp;&nbsp;Victor; Mar\u00eda Clara Daza; Mercedes Arroyave; Hilda Yaneth Nino;&nbsp;&nbsp;Arlington Mosquera, Eur\u00eddice Cort\u00e9s) no encontr\u00e9 nada que fuera relevante ni convincente sobre la pretendida \u201cmanipulaci\u00f3n de testigos\u201d, o el&nbsp;&nbsp;\u201csoborno en la actuaci\u00f3n penal\u201d que Reyes pretend\u00eda atribuirle al presidente Uribe antes de la citaci\u00f3n. Sin embargo, el magistrado opt\u00f3 por propinarle de manera brutal, en los diez minutos \u00faltimos, antes de cerrar la diligencia, las acusaciones iniciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presidente Uribe neg\u00f3, una vez m\u00e1s, tales imputaciones, reiter\u00f3 que no hab\u00eda pedido ni pagado cartas a nadie, y anunci\u00f3 que hab\u00eda un buen n\u00famero de personas que quer\u00edan denunciar ante la CSJ las actuaciones de Iv\u00e1n Cepeda y sus peregrinaciones por c\u00e1rceles para fabricar, con bandidos, libelos contra Santiago y \u00c1lvaro Uribe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El expresidente pidi\u00f3 que la Corte escuchara&nbsp;&nbsp;a esos declarantes. En lugar de responder al pedido,&nbsp;&nbsp;Cesar Reyes clausur\u00f3 el debate y pas\u00f3 a hacer la ins\u00f3lita \u201cimputaci\u00f3n f\u00e1ctica\u201d contra el expresidente. Dijo que, seg\u00fan los \u201chechos y pruebas\u201d presentados (\u201chechos y pruebas\u201d que \u00c1lvaro Uribe hab\u00eda demolido varias veces en la diligencia) el presidente Uribe \u201cde manera directa o por interpuesta persona habr\u00eda hecho alg\u00fan tipo de ofrecimientos, promesas o cualquier otra utilidad para obtener declaraciones contraevidentes, falsas o para que se abstuvieran de declarar o para tergiversar los hechos o para hacer incurrir en error o en enga\u00f1o a la Corte\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La forma imprecisa de formular los cargos (aquello de \u201chabr\u00eda\u201d y de \u201calg\u00fan tipo de ofrecimientos\u201d) llama la atenci\u00f3n. Tambi\u00e9n es de notar lo de haber empleado, dos veces, la f\u00f3rmula curiosa de \u201cimputaci\u00f3n f\u00e1ctica\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un juez no puede hacer \u201cimputaciones f\u00e1cticas\u201d, es decir de hecho. Imputar de hecho y no de derecho es admitir que opera de manera incierta, dentro de la esfera de lo&nbsp;&nbsp;casual, de lo arbitrario. Quiere decir que el juez decide sobre lo factible, sobre lo no probado todav\u00eda.&nbsp;&nbsp;El magistrado C\u00e9sar Reyes dej\u00f3 ver que ese es su universo en tanto que juzgador, alguien que no hace imputaciones jur\u00eddicas acabadas sino que apela a elementos \u201cf\u00e1cticos\u201d o de lo factible-no verificado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante el interrogatorio, Reyes utiliz\u00f3 un artificio de baja polic\u00eda: repetir tres o cuatro veces las mismas preguntas, sobre un mismo tema, tras intervalos estudiados, para ver si Uribe incurr\u00eda en error, o si cambiaba de versi\u00f3n. Ese fue el m\u00e9todo ante cada cap\u00edtulo de la indagaci\u00f3n. Pero Uribe no se dej\u00f3 enredar por esa dial\u00e9ctica perversa. Con gran cortes\u00eda y control psicol\u00f3gico, el expresidente respondi\u00f3 con prestancia, reiter\u00f3 lo dicho y lo fundament\u00f3 con abundantes datos y descripciones, de tiempo, modo y lugar. Nunca abus\u00f3 de su indignaci\u00f3n ante la metodolog\u00eda del interrogador, ni ante la indiferencia de \u00e9ste por los argumentos que \u00e9l presentaba para defenderse.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El derecho penal exige que el juez, sobre todo el juez de instrucci\u00f3n, valore con lealtad y equilibrio no s\u00f3lo los cargos que aparecen en el expediente sino tambi\u00e9n los descargos del indagado. No fue eso lo que hizo C\u00e9sar Reyes entre la citaci\u00f3n a comparecer y la orden de detenci\u00f3n. Lo del 8 de octubre fue una diligencia a cargo, exclusivamente a cargo. Fue una suerte de atropello en donde las explicaciones del indagado no fueron tenidas en cuenta ni examinadas as\u00ed fuera someramente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No aparece all\u00ed, en efecto, que Uribe hubiera tratado de enga\u00f1ar a la CSJ, ni \u201cmanipular los testigos\u201d. No aparece prueba alguna de que Uribe haya tenido v\u00ednculos con grupos al margen de la ley.&nbsp;&nbsp;Se vi\u00f3, en cambio, que la CSJ no escuch\u00f3 siquiera a actores esenciales de ese asunto, como \u201cel Tuso Sierra\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los actos de Uribe para contrarrestar las maniobras de sus adversarios (desvirtuar los rumores infundados, verificar las declaraciones de testigos o de supuestos testigos, enviar a la Corte mediante sus abogados esas declaraciones para que all\u00e1 las investigaran, glosar los textos del trio agitador Guill\u00e9n-Coronel-Ackerman, denunciar la fabricaci\u00f3n de pruebas de Iv\u00e1n Cepeda en prisiones) fueron vistos por el magistrado Reyes, no como actos indispensables, razonables y leg\u00edtimos de defensa, sino como actos sospechosos, il\u00edcitos y hasta delictivos.&nbsp;&nbsp;Eso equivale a una sutil forma de invertir la presunci\u00f3n de inocencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Incluso la actuaci\u00f3n de los abogados fue prejuiciada. Reyes vi\u00f3 los contactos leg\u00edtimos y normales entre Uribe y sus abogados, para defenderse de la conjura montada por Iv\u00e1n Cepeda, como una conspiraci\u00f3n. Quiso irrumpir en la relaci\u00f3n protegida entre el abogado y su defendido al preguntar&nbsp;&nbsp;el monto de los honorarios de uno de ellos. En cambio, Reyes no le pregunt\u00f3&nbsp;&nbsp;nada al indagado sobre las operaciones de Iv\u00e1n Cepeda y sus relaciones con Monsalve y otros individuos. Si \u00c1lvaro Uribe no hubiera mencionado el nombre del&nbsp;&nbsp;jefe comunista \u00e9ste no habr\u00eda aparecido en el interrogatorio de seis horas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la indagatoria apareci\u00f3 el elemento de las maniobras difamatorias contra el Centro Democr\u00e1tico en v\u00edsperas de la elecci\u00f3n presidencial de 2018, as\u00ed como la filtraci\u00f3n de falsos testimonios, antes de la segunda vuelta presidencial de 2014,&nbsp;&nbsp;contra candidatos uribistas y contra el expresidente Uribe y su familia. El instructor no mostr\u00f3 inter\u00e9s alguno en decretar pruebas al respecto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cronolog\u00eda de las actuaciones de los abogados del exmandatario &#8211;Granados, Lombana&nbsp;&nbsp;y Cadena&#8211;,&nbsp;&nbsp;tambi\u00e9n fue debidamente aclarada. Y Reyes no pudo demostrar lo contrario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Reyes quer\u00eda probar que Uribe hab\u00eda \u201cdocumentado alguna versi\u00f3n\u201d de los acusadores o contra ellos. No lo logr\u00f3. \u00bfEl fraude procesal en qu\u00e9 consisti\u00f3?&nbsp;&nbsp;En la indagatoria nada de eso es evidente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Igual indiferencia y silencio sepulcral guard\u00f3 Reyes sobre las intercepciones telef\u00f3nicas que sufri\u00f3 el expresidente Uribe durante cien d\u00edas, donde hasta las conversaciones de \u00e9l con sus abogados fueron escuchadas ilegalmente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Reyes trat\u00f3 de establecer que Uribe hizo promesas de remuneraci\u00f3n a \u201ctestigos\u201d. Pero ese elemento no triunf\u00f3 en las seis horas de indagatoria. La remuneraci\u00f3n no fue probada, ni aparece probado en las intervenciones del magistrado. Sin embargo, al final de la indagatoria, Uribe fue inculpado por eso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Reyes evit\u00f3 citar el nombre de Iv\u00e1n Cepeda. Lo evoca una vez en la quinta hora, ante la insistencia de Uribe.&nbsp;&nbsp;Y lo cita solo para poner en duda la alegaci\u00f3n de que Iv\u00e1n Cepeda hab\u00eda visitado la c\u00e1rcel de C\u00f3mbita. Reyes no responde a la invitaci\u00f3n de Uribe de que autorice la pr\u00e1ctica de pruebas sobre ese detalle. Una forma sutil de hacer un proceso sin testigos recorri\u00f3 esa diligencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El esquema mental del instructor parec\u00eda ser este: todo acto de defensa del indagado es sospechoso o infringe la ley; la v\u00edctima de acusaciones fabricadas no tiene derecho a defenderse. En el sistema penal stalinista ocurre lo mismo: el enemigo del pueblo no tiene derecho a nada. Entre m\u00e1s obre para defenderse m\u00e1s es visto como criminal. Ese infame esp\u00edritu es el que aflora, globalmente y en todo su horror, en la indagatoria del 8 de octubre dirigida por el magistrado C\u00e9sar Reyes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEl examen de casos debe ser hecho sin convocar las personas detenidas, y sin comunicarles la acusaci\u00f3n, ni la decisi\u00f3n de cerrar la instrucci\u00f3n, ni la condena final\u201d. Joseph Stalin (decisi\u00f3n del bur\u00f3 pol\u00edtico del Partido comunista sovi\u00e9tico del 5 de marzo de 1940, extractos).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Me di a la tarea de escuchar y anotar la totalidad del interrogatorio que sufri\u00f3 el\u00a0\u00a0expresidente \u00c1lvaro Uribe en la sala de instrucci\u00f3n de la Corte Suprema de Justicia, el 8 de octubre de 2019. 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